Derogación del decreto de alquileres de temporada en Cataluña

Raül Calderero

La Comisión Permanente del Parlament de Catalunya ha aprobado en la sesión del día de hoy, 23 de mayo de 2024, la derogación del Decreto Ley 6/ 2024, de medidas urgentes en materia de vivienda, aprobado el pasado 24 de abril. 

El Decreto Ley 6/2024, que ha tenido una vigencia de escasas semanas, establecía cambios en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la Vivienda en Cataluña, que, principalmente, afectaban a los contratos de alquiler de temporada suscritos a partir del 25 de abril de 2024. 

El referido decreto, cuya vigencia ha quedado derogada, establecía la obligación de aplicar las normas que rigen los arrendamientos  de vivienda (previstas en el artículo 17 y siguientes de la Ley de Arrendamientos Urbanos)  en materia de constitución y depósito de fianza, determinación de la renta, su actualización, incrementos por mejoras, y asunción de gastos generales y servicios individuales a los arrendamientos de temporada, en aquellos supuestos en los que el alquiler de temporada fuera suscrito por razones profesionales, laborales, de estudios, de atención o asistencia médica, de situaciones provisionales a la espera de entrega de vivienda o de regreso a la residencia habitual. 

La consecuencia más directa en el sector de alquileres de temporada del mencionado decreto, ahora derogado, es que estos, que quedaban fuera del alcance de las medidas estatales y autonómicas de limitación de rentas en zonas de mercado de residencial tensionado, pasaban a equipararse a los arrendamientos de vivienda en este aspecto, limitándose la renta de conformidad con los criterios establecidos el artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. 

Con la derogación del Decreto Ley 6/2024 por la Comisión Permanente del Parlament de Catalunya, se derogan las modificaciones previamente mencionadas, confirmando la exclusión de los arrendamientos de temporada de las medidas estatales y autonómicas de limitación de la renta en áreas con alta demanda residencial.